El Plebiscito constitucional de 1925 fue un referéndum
vinculante realizado en Chile, el 30 de agosto de 1925, por el cual se aprobó
la Constitución Política de 1925.
La convocatoria a dicho plebiscito estaba regulada por
los Decretos Leyes N° 461 (21 de julio) que fijaba la fecha de convocatoria y
determinaba la forma del voto, y N° 462 (3 de agosto) referido al procedimiento
electoral. Ambos firmados por Arturo Alessandri y publicados en el Diario
Oficial el 3 de agosto de 1925.
Al regresar Alessandri de su exilio el 20 de marzo y
según lo expresa en el telegrama de Roma, se propone llevar a cabo una reforma
de la Constitución de 1833. La Junta de Gobierno le entrega el mando
presidencial ese mismo día y se convoca a una ronda de consultas. Producto de
ello se crea una Comisión Consultiva de 122 integrantes: Esta divide en dos
comisiones (16 de abril): La Comisión de Reforma, donde Alessandri y su
ministro del Interior, José Maza, redactan una constitución de corte
presidencialista como era la idea del primer mandatario; y una Comisión
encargada de la organización y convocatoria de una Asamblea Constituyente. Esta
última no prosperó al no existir acuerdo sobre la Asamblea y la negativa de
Alessandri. Para quien la aprobación efectuar por medio de una consulta
popular.
Una vez aprobado el texto definitivo, los partidarios de
una solución parlamentaria redactan un texto alternativa para que se ponga a consulta
también.
La forma del voto era por medio de cédulas de tres
colores. Cada votante debía insertar la de su elección en un sobre y
depositarlo en la urna electoral. El contenido de cada una las cédulas eran el
siguiente:
- Cédula color rojo: Aceptación del proyecto de la Subcomisión de reforma, cuya aprobación pide el Presidente de la República (texto inserto en el voto). En resumen se vota por un régimen presidencialista por medio del proyecto de la Constitución de 1925.
- Cédula color azul: Se mantiene el régimen parlamentario con la facultad de la Cámara de Diputados de censurar y derribar Gabinetes y de aplazar el despacho y vigencia de las Leyes de Presupuestos y recursos del Estado (texto inserto en el voto). En resumen se refuerza y formaliza la interpretación parlamentaria de la Constitución de 1833.
La redacción, efectuada por Alessandri, era claramente
inductiva a favor de un régimen presidencial. Más al incluir en la propuesta
parlamentaria las principales críticas que se le hacían: alta rotativa
ministerial y presión y retraso congresal en la aprobación del presupuesto del
Estado (véase República Parlamentaria).
Con los resultados del plebisicito se dio como aprobada
la Constitución de 1925, aunque la abstención (54,63%) superó el resultado de
la aprobación, que contó con la participación del 45,37% del padrón electoral.
Por mucho tiempo se usó como argumento de los opositores
al régimen presidencial lo precario del apoyo popular. No obstante, ya por los
años 1930 la Constitución fue aceptada como una realidad constitucional,
jurídica y política por todos los sectores.
La nueva constitución se promulgó el 18 de septiembre del
mismo año, entrando en vigencia un mes después.
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